El Pleno virtual del Congreso, aprobó por mayoría el nuevo texto sustitutorio consensuado (entre las Comisiones de Juventud y Deporte, y Vivienda y Construcción), que plantea la Ley que regula el saneamiento físico legal de los bienes inmuebles del sector educación destinados a instituciones educativas públicas.
Artículo 1. Finalidad de la Ley
La presente ley tiene por finalidad dictar disposiciones para dinamizar la facultad del Ministerio de Educación y de las direcciones regionales de educación para realizar el saneamiento físico-legal de los bienes inmuebles de propiedad del Estado asignados a dicho ministerio y de los inmuebles del sector educación adquiridos, donados, construidos, ampliados, independizados o rehabilitados por instituciones públicas o privadas.
Artículo 2. Actos inscribibles
Se consideran actos inscribibles todos aquellos conducentes a la regularización de la tenencia de la propiedad predial según las normas de la materia en favor del sector educación, para cubrir la demanda de inmuebles para instituciones educativas públicas.